Después de un año, el ministerio de Agricultura, desde la Dirección General de la Industria Alimentaria como órgano competente, ha aprobado la modificación del pliego de condiciones de la Denominación Cava que recoge, entre otros, la nueva categoría de “paraje calificado”
La intención de esta categoría, es agrupar y diferencias los cavas producidos en área homologada como extraordinaria por sus condiciones. Son varias la condiciones que se han de dar para obtener tal distinción, entre otras que la uva deberá proceder de una finca en concreto cuya producción deberá destinarse a “ese” cava en concreto y que además no deberá sobrepasar los 8.000 kilos por hectárea, teniendo que ser vendimiada de manera manual, entre otros requisitos. Con respecto al grado alcoholico no podrá ser modificado, ni tampoco retocada la acidez ni el color, y la crianza deberá ser al menos de 36 meses en tiraje.
La reivindicación del terroir se hace mas que nunca patente. Son muchos los caldos que tienen esta esencia implícita en su marca. Añadimos pues una categoría que asumirá en calidad y acompañará a los Reservas y Grandes Reservas evocando una distinción “premium”.
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